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Laboral: Actualidad

Acuerdo para la mejora del crecimiento y del empleo

Empleo estable, objetivo del gran acuerdo firmado el 9 de Mayo de 2006, en el Palacio de la Moncloa, por Sindicatos, Patronal y Gobierno. 

Impide el encadenamiento permanente de contratos temporales 
Apuesta por impulsar la creación de más y mejor empleo 
Mejora la protección de los desempleados de mayor edad 
Gobierno, sindicatos y empresarios cumplen con el compromiso suscrito en la Declaración de julio de 2004
Imagen del día de la firma

Primer acuerdo laboral tripartito en veinticinco años

Este acuerdo es el primero sobre mercado de trabajo que se logra entre Gobierno, Organizaciones Empresariales y Confederaciones Sindicales desde 1981, en que se alcanzó el Acuerdo Nacional para el Empleo. El proceso negociador ha durado catorce meses, habiéndose alcanzado el primer objetivo perseguido: que el acuerdo incluyera a todos los actores de la negociación.

Se trata, pues, de un acuerdo de gran importancia, tanto por el consenso general, como por su contenido final, que da cumplimiento al ambicioso objetivo plasmado en la Declaración de Diálogo Social de 8 de julio de 2004, en el que las partes firmantes se comprometían a "consensuar aquellas modificaciones legales y de otra naturaleza que se estimen oportunas, buscando compromisos que logren aunar seguridad para los trabajadores y flexibilidad para las empresas".

Luchar contra la temporalidad

El eje central de la negociación giraba en torno a la reducción de la temporalidad, auténtica lacra del mercado laboral español, y sobre los instrumentos que había que utilizar para ese fin. En esta ocasión el reto no era tanto aumentar el empleo, sino que éste fuera de más calidad.

La magnitud del objetivo hizo que a lo largo de la negociación haya habido cesiones y renuncias de algunas de las propuestas que habían sido formuladas por el Gobierno en su Documento del 18 de octubre pasado y de los sindicatos y empresarios en la Mesa de Negociación, para lograr un resultado final del que todos estuvieran razonablemente satisfechos.

Instrumentos novedosos

El texto profundiza en aquellas reformas iniciadas por el Acuerdo Interconfederal para la Estabilidad en el Empleo de 1997, suscrito entre patronal y sindicatos, que han resultado positivas, e introduce por primera vez instrumentos novedosos, como las medidas contra el encadenamiento abusivo de contratos temporales, junto con otros muchos aspectos: mejoras en la protección social, rebajas de cotizaciones empresariales, potenciación de los Servicios Públicos de Empleo y de la Inspección de Trabajo, que no formaban parta de acuerdos anteriores.

El Acuerdo sobre Mercado de Trabajo suscrito se puede calificar como "ambicioso", por la amplitud de sus contenidos, "tranquilo", por huir de reformas estructurales, que a la larga resultaran azarosas e ineficientes, "coherente", por haber conseguido un punto de equilibrio entre las aspiraciones de todos y, por último, "eficaz y eficiente", por los resultados positivos que producirá a corto plazo.

Es un acuerdo para seguir impulsando la creación de empleo y la flexibilidad de nuestras empresas, que tienen que competir en un mercado cada vez más abierto y exigente, pero sin los efectos negativos de una excesiva temporalidad. Acaba, además, con el prestamismo laboral que tanto daño está haciendo en el sector de la construcción y mejora la protección a los desempleados de mayor edad y a los que quedan en desempleo cuando su empresa cierra.

Sobre todo, es un acuerdo para mantener un clima de paz social y de moderación salarial, que beneficiará a nuestro país y constituye unos de los mejores activos que España puede mostrar a nuestros socios europeos.

Líneas básicas del acuerdo 

Las líneas fundamentales se agrupan en cuatro grandes apartados:

A). Medidas contra la temporalidad y para promover un uso más intensivo de la contratación inicial con carácter indefinido.

Regla contra el encadenamiento abusivo de sucesivos contratos temporales: todo trabajador que, habiendo suscrito dos o más contratos temporales con la misma empresa, acumule un período de prestación de servicios en el mismo puesto de trabajo superior a 24 meses dentro de un período de 30 meses, adquirirá la condición de trabajador indefinido.
Derogación del contrato de inserción y refuerzo del carácter formativo de los contratos para la formación.
Definición legal más precisa de la figura de la cesión ilegal de trabajadores, para atajar situaciones abusivas que se producen en la actualidad que pasan a calificarse como prestamismo laboral ilícito.
Ampliación de los derechos de información y de actuación coordinada de los representantes de los trabajadores de las empresas principales y de las contratistas y subcontratistas.
Extensión del uso del contrato de fomento de la contratación indefinida para las conversiones de contratos temporales en indefinidos, siempre que los contratos temporales se celebren antes del 31 de diciembre de 2007 (en la regulación vigente el contrato temporal se tenía que haber celebrado antes del 31 de diciembre de 2003).
Nueva formulación del Programa de Incentivos a la contratación indefinida con las siguientes líneas generales:
Plan extraordinario para la reducción de la temporalidad. Durante el segundo semestre de 2006 se continuará bonificando, incluso con una mejora adicional, la conversión en indefinidos (tanto los ordinarios como los de fomento de la contratación indefinida) de los contratos temporales que estén en vigor en la fecha de la reforma legislativa.
Supresión total a partir de 2007 de los incentivos actuales a la conversión de contratos temporales en indefinidos, para desincentivar el recurso inicial a contratos temporales cuya conversión posterior en indefinidos era bonificada. A partir de 2007 solo serán objeto de ayudas los contratos indefinidos iniciales.
Sustitución de los actuales porcentajes de bonificación de cuotas de la Seguridad Social - que benefician más a los trabajadores con altos salarios - por módulos fijos de ayuda mensual, diferentes para los distintos colectivos.
Ampliación de la duración de los incentivos de los 2 años actuales a 4 años, para beneficiar la permanencia de los contratos. Se mantiene el carácter indefinido de los incentivos para mayores de 45 años y discapacitados.
Extensión de los incentivos a los jóvenes varones desempleados entre 16 y 30 años, actualmente excluidos de los mismos.
Inclusión de un nuevo incentivo a la contratación indefinida de mujeres que se reincorporen al empleo después de cinco años de inactividad, siempre que acrediten, anteriormente a su retirada del mercado de trabajo, un período de ocupación mínima con alta en la Seguridad social de tres años.
Reagrupación y simplificación de los colectivos de trabajadores cuya contratación da derecho a percibir incentivos por parte de la empresa.

B). Reducción de costes empresariales.

Reducción de las cotizaciones empresariales por desempleo, limitada a los contratos de carácter indefinido, de 0.25 puntos a partir de 1 de julio de 2006, y un 0.25 adicional a partir de 1 de julio de 2008, hasta alcanzar una rebaja total de 0.50 puntos.
Eliminación del recargo en la cotización por desempleo de los contratos temporales a tiempo completo celebrados por empresas de Trabajo Temporal.
Reducción a la mitad de la cotización empresarial al FOGASA que pasará a ser de 0.20 puntos frente a los actuales 0.40 puntos.

C). Mejoras en la protección de los trabajadores en caso de desempleo e insolvencia empresarial.

Protección por desempleo
Ampliación de la protección por desempleo de los trabajadores fijos discontinuos.
Mejora en la regulación del subsidio de desempleo de 6 meses a los mayores de 45 años sin responsabilidades familiares.
Consideración de la renta activa de inserción como un derecho subjetivo.
Ampliación de la cobertura por desempleo a los socios trabajadores temporales de cooperativas.
Protección por el FOGASA en caso de insolvencia empresarial.
Mejora de la protección de los salarios adeudados:
Ampliación de la cuantía máxima del salario abonable, del duplo al triple del SMI.
Elevación del número máximo de días abonables de 120 a 150 días.
Inclusión en el abono de la parte proporcional de pagas extraordinarias.
Mejora de la protección de las indemnizaciones por despido:
La base de cálculo para el abono de indemnizaciones pasa de 25 a 30 días por año de servicio.
Ampliación del tope de la indemnización del duplo al triple del SMI.
Inclusión de indemnizaciones por finalización de contrato temporal, conciliación judicial y art. 64 de la Ley Concursal.

D). Potenciación de los Servicios Públicos de Empleo y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Servicios Públicos de Empleo.
Plan Global de Modernización de los SSPPE tanto Estatal como Autonómicos que incluirá, en particular, un Plan estratégico de Recursos Humanos del Servicio Estatal y un Plan de mejora de los recursos de la Red de Oficinas.
Constitución de un Grupo tripartito en el ámbito del Servicio Estatal para estudiar el desarrollo de la Ley de Empleo, las Políticas activas de empleo y analizar el papel de los distintos agentes que intervienen en el mercado de trabajo y su ámbito de actuación: Servicios Públicos, Entidades colaboradoras, Agencias de colocación y Empresas de recolocación.
Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Reforzamiento de efectivos y de medios técnicos y materiales:
Incremento de la plantilla de funcionarios hasta alcanzar los 1000 Inspectores y los 1000 Subinspectores al final de la legislatura.
Incremento del personal de apoyo.
Mejora de la dotación informática y nuevas dependencias.
Participación de los Interlocutores sociales en la definición de los objetivos y programas del Sistema de Inspección, a través de órganos de representación de carácter tripartito y paritario, tanto en el ámbito de la AGE como de las Comunidades Autónomas-
Mejoras en la participación de los representantes de los trabajadores en la actuación inspectora.

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Texto del Acuerdo para la mejora del crecimiento y del empleo (Reforma del Mercado de Trabajo) de 9 de Mayo de 2006 - Versión PDFDocumento pdf en ventana nueva

El Gobierno aprueba la Reforma del Mercado de Trabajo

Real Decreto-Ley 5/2006, de 9 de Junio, para la mejora del crecimiento y del empleo - Versión PDF

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